Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de amparo constitucional, como medida cautelar interpuesta por la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE FILTROS DISTROFIL C.A., por intermedio de su apoderado judicial, abogado Moisés Guidon Gallego, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 010505, dictada en fecha 5 de octubre de 2006, por la Dirección General de Inquilinato del Ministerio de Infraestructura, hoy, Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura, cuyos efectos se suspenden. En consecuencia, se le ordena al citado organismo y a cualquier otra dependencia del Municipio Chacao, incluido el Alcalde de esa entidad político territorial, abstenerse en lo sucesivo y durante toda la vigencia del presente juicio, de realizar cualquier acto destinad.....