DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, de conformidad con los artículos 362 del Código de Procedimiento Civil y 520 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia se aumenta la pensión Alimentaria a la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 60.000), a partir del mes de MAYO del presente año. Igualmente se condena a suministrar el 50% de los gastos médicos, escolares y vestimenta.-Abrase carpeta de cumplimiento alimentario.-