III
DECISIÓN
En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada en fecha 02 de mayo de 2013, por el abogado OMAR ALBERTO MENDOZA SEVILLA, en su carácter de apoderado judicial del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE), organismo liquidador, de la sociedad financiera BANCO CANARIAS DE VENEZUELA C.A., BANCO UNIVERSAL, por una parte y por la otra, por el abogado ARMANDO JOSE NODA, en su condición de apoderado de la sociedad mercantil ENVASADORA TROPICAL, C.A., y de los ciudadanos ANTONIO FORGIONE FULCOLI y SERGIO FORGIONE FULCOLID, ambas partes identificadas al inicio del presente fallo.
Igualmente, se acuerda expedir por Secretaría dos (02) juegos de copias certificadas de la transacción judicial celebrada por.....