D I S P O S I T I V A
Por las razones de hecho y de derecho aquí establecidas, es por lo que esta Sala Nueve (9°) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, pasa a dictar el siguiente pronunciamiento: declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana DRA. FRANCISCA MORELBIA OJEDA, en su carácter de Fiscal Centésima Novena (109°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la Sentencia Condenatoria dictada por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de fecha 09 de enero del año 2007, en la causa seguida en contra del ciudadano JESUS VERAMENDEZ RONDON, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, en perjuicio del adolescente WILLIAM ALEXANDER SANOJA BANDRES (hoy occiso), por cuanto la sentencia recurrida goza de una correcta motivación, pues la recurrida analizó y apreció.....