DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en ejecución de sentencia, ordena al adolescente plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Reglas de Conducta, por el lapso de un (01) año, se le imponen las siguientes obligaciones:
1.- Residir en un lugar determinado en caso de cambio informar al tribunal
2.- No salir de su residencia luego de las 9:00 pm salvo que se encuentre con su representante legal.
3.-No Consumir Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas ni bebidas alcohólicas.
4.- Continuar con sus estudios de educación básica e inscribirse en un curso de capacitación y presentar constancias al Tribunal.
5.- No visitar bares, billares, ni sitios similares.
6.- Prohibición de comunicarse con las victimas.
Libertad Asistida por el lapso de dos (2) años.
Estas medidas se cumplirán en forma simultánea
Regístrese y líbrense las r.....