Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, en este acto se hace entrega de los escritos de pruebas y anexos consignados en la audiencia preliminar. Se ordena el archivo y el cierre del expediente
La Jueza
La Secretaria
Abg. Geraldine Eugenne Louis Núñez
Abg. Jennifer Martínez García
Los Presentes