Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, el Recurso Contencioso Tributario subsidiario al jerárquico interpuesto por el Ciudadano Luís Ángel Suárez, titular de la cédula de identidad Nº 2.288.539, quien dice actuar en su carácter de Representante Legal de la contribuyente "AGROPECUARIA SANTA FILOMENA, C.A.", asistido por el abogado Omar Pompa Álvarez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 7.699, en contra de la Resolución identificada con el alfanumérico HGJT-A-435, de fecha veintiséis (26) de septiembre de 1996, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT).