Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- IMPROCEDENTE la oposición que hicieran los abogados Vanessa Santos Huen, Alirio Requena, Marialejandra Chuy, Jorge Fragoso, Alejandro Tosta y Erika García, Inpreabogado Nro. 117.024, 115.638, 155.192, 178.193, 178.130 y 144.480, respectivamente, actuando como apoderados judiciales del Municipio Chacao del estado Miranda, a la medida cautelar que acordara este Tribunal en fecha 26 de junio de 2013.
2.- Se RATIFICA, la medida cautelar de amparo acordada en fecha 26 de junio de 2013. Así se decide