DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela; y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que este Juzgado es INCOMPETENTE para conocer de la Acción de AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por los abogados JOSÉ SILVERIO GARCÍA MENDOZA e IRVING OMAR BETANCOURT COELLO en su condición de apoderados judiciales de los ciudadanos GRACIELA PEREZ ANGELINI y UMBERTO MAGNI ESCALANTE suficientemente identificados, contra la sentencia de fecha dos (2) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), emanada del Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Dr. AILANGER FIGUEROA CORDOVA, en el cuaderno de medidas distinguido con el Nº AN31-X-2016-000001, perteneciente al expedien.....