III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado , este Tribunal Superior Sexto (6°) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION ejercido por la parte actora contra la sentencia de fecha 28 de julio de 2016, dictado por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con ocasión a la demanda por cobro por BONO COMPESATORIO DE RESPONSABILIDAD, BONO NOCTURNO, SABADO, DOMINGO, FERIADOS Y HORAS EXTRAS DIURNAS, incoado por los ciudadanos YOVANNY LEON RINCON TAMARA Y ARSENIO JOSE GUILARTE, venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad N° V- 11.114.928 y 10.308.456, contra MINISTERIO DEL PODER POPOLUR PARA LA EDUCACION.....