Se declaró SIN LUGAR la pretensión que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento intentara la sociedad INVERSIONES BOMILL, C.A., en contra de la sociedad mercantil “TIENDA MI CHIQUITITA LA FLORIDA, C.A.”, ambas partes ya identificadas en este fallo. Así se decidió.-
Como consecuencia de haber sido declarada SIN LUGAR la presente demanda, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condenó a la parte actora al pago de las costas procesales, al haber resultado totalmente vencida en la presente litis. Así se decidió.-