Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 18 de mayo del 2017, por la abogada MARÍA EUGENIA DÍAZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante, ciudadana SUSANA C. QUIARO DE GUDIÑO, contra la decisión dictada el 16 de mayo del 2017 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
No ha condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Queda CONFIRMADA la sentencia apelada, con distinta motivación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Super.....