Estando dentro de la oportunidad indicada para que sea llevada a Cabo la Celebración de la Audiencia Preliminar hizo acto de presencia la parte demandada más nos asi la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. se declara el Desitimiento del Proceso y del Procedimiento.