Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO ejercido por la contribuyente INDUSTRIAS METALICAS PELLIZARI, C.A., inscrita en el Registro de Comercio que lleva el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 25/08/1971, bajo el No 43, en contra de la Resolución distinguida con el Nº. 1.633-96-48 emitida por el Comité Ejecutivo del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), en fecha 27 de mayo de 1996, notificada mediante Oficio N°. 210100-87 de fecha 14 de junio de 1996, la Resolución distinguida con el Nº. 252.018-079 de fecha 20/11/1995 emitida por la Unidad de Ingresos Tributarios Táchira, adscrita a la Gerencia de Ingresos Tributarios, de la Gerenci.....