Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentado por los ciudadanos SATURNINA OSORIO DE MARQUEZ Y FREDDY JOSE MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-6.083.403 y V-3.556.258 respectivamente, asistidos en este acto por el abogado ERICK DAVILA DI GUARDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 183.215. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 21 de Agosto del 1982, según acta Nro. 195, Folio 191, Año 1982, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el ejecútese definitivo de la presente sentencia, a los .....