Por los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (en transición), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a dictar su fallo de la siguiente manera:
PRIMERO: SE ORDENA el desglose de los folios 2 al 5 y 7 al 15 de la pieza Principal II y agregarlos al Cuaderno de Medidas III, que es la pieza donde verdaderamente corresponden.
SEGUNDO: Se declara que la ciudadana CATHERINE LUCIE CHAFARDET DE RIBEAUX, titular de la cédula de identidad Nº 9.440.527, no es parte en el presente juicio.
TERCERO: SIN LUGAR LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, solicitada por la representación judicial del ciudadano LUIS FELIPE DE GOVEIA, por estar llenos los requisitos exigidos en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: SE DECLARA que el ciudadano LUIS FELIPE DE GOVEIA MORENO, en su c.....