Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR la demanda de resolución de contrato de venta con reserva de dominio incoada por la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL., en contra del ciudadano LUIS BELTRÁN CARABALLO, ambas partes identificadas al comienzo de esta sentencia. 2) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 7 de octubre del 2014 por la abogada CLAUDIA ADARME en su carácter de defensora judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada el 30 de septiembre del 2014, por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Queda REVOCADA sentencia la apelada.
Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con el artícul.....