(...) DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta fecha 02 de noviembre de 2018 por el abogado MANUEL CAMACHO., en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 28 de septiembre de 2018 dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: se CONFIRMA la decisión apelada. TERCERO: se declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano SALVADOR FLEJAN PEDRON en contra de la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO HATILLO DE ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. CUARTO: no hay condenatoria en costas.
Se ordena la notificación de las partes.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
Se ordena la pub.....