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Decisiones del dia 21/02/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2005-000372 N° Sentencia : Fecha: 21/02/2007
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
CONDOMINIOS IBIZA, S.R.L. VS CARLOS FLORIDORO AVELLANEDA H.
Resumen:
Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadano CARLOS FLORIDORO AVELLANEDA HOYOS, titular de la Cédula de Identidad No. V-11.231.474. SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la sociedad mercantil CONDOMINIOS IBIZA, S.R.L., en su carácter de administradora del condominio del Conjunto Residencial Monte Pino, contra el ciudadano CARLOS FLORIDORO AVELLANEDA HOYOS, en su carácter de propietario del inmueble por el cual se le demandó el cobro de las cuotas de condominio, identificado ut supra. TERCERO: Se condena al demandado a PAGAR a la parte actora la cantidad de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRES BOLÍVARES (BS.4.886.703,00), por concepto de cuotas de condominio .....
Juez/Ponente:
Zobeida Romero
Organo:
Juzgado Primero de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2007-000051 N° Sentencia : Fecha: 21/02/2007
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato De Arrendamiento Por Venc
Partes:
FRANCESCO ABATE RUGGIERO Y PAOLO ABATE RUGGIERO VS NIEVES MARÍA GARCÍA PERDOMO
Resumen:
Es el caso que, si bien actualmente ambas partes de este proceso están vinculadas por una relación arrendaticia, no existe entre ellas un contrato de arrendamiento escrito, que haya sido suscrito por los ciudadanos FRANCESCO ABATE RUGGIERO y PAOLO ABATE RUGGIERO, como arrendadores y la ciudadana NIEVES MARÍA GARCÍA PERDOMO. En consecuencia, resulta forzoso para esta juzgadora declarar que no fue probado in limini litis, que exista entre las partes un contrato de arrendamiento a tiempo determinado, lo que hace inadmisible la presente demanda, por ser contraria a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. Así se decide. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Juez/Ponente:
Zobeida Romero
Organo:
Juzgado Primero de Municipio
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