Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente ESTACIÓN DE SERVICIO LA PALMA, C.A., Sociedad Mercantil, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en fecha 26 de agosto de 1960, bajo el N° 158, Tomo Único, inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-00051043-1, domiciliada en la ciudad de Altagracia de Orituco, Estado Guarico, interpuesto por el ciudadano OTTONIEL ANDRÉS LUNA LEÓN, cédula de identidad V- 11.412.326, abogado inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 86.136, en su carácter de apoderado judicial, en contra de la Resolución N° MF-SENIAT-DSA-DF-IVA-019 de fecha 28 de mayo de 2003, emanada de la Gerencia Regional de Trib.....