Por los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el 16 de julio del 2008 por el Juzgado de Primera Instancia Nº 51 de Barcelona, España, que declaró disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos MARÍA PAULA MÉNDEZ FEDERICO y JUVENAL SALCEDO VALLADARES.
No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza de esta decisión.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los veintiún (21) días del mes de marzo del dos mil once (2011).- Años: 200º de la Independencia y 152º de la Federación.-