Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo, por la potestad conferida por los ciudadanos y ciudadanas, este JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, La demanda que incoara por el ciudadano IVAN DARIO BADELL GONZALEZ , identificado con la cedula de identidad N° V- 1.962.904 en contra de la Entidad de Trabajo UNIVERSIDAD SANTA MARIA (USM), por motivo de DAÑO PERJUICIO Y OTROS CONCEPTOS LABORALES. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.