DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 447 numeral 4º y 448 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Admite el recurso de apelación interpuesto, con fundamento en el numeral 5 del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, por el abogado HUGO DE LELLIS, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano: LUIS DANIEL VELASQUEZ MENDEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 23 de MARZO del presente año, por el Juzgado Cuadragésimo (40º) de Primera Instancia en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida cautelar privativa de libertad, al ciudadano antes mencionado., mediante la cual decretó medida cautelar privativa de libertad, al ciudadano an.....