Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO; SIN LUGAR, la demanda de Nulidad del Actos Administrativo de efectos particulares, intentada por la abogada por la abogada MARIA CAROLINA SEIJAS, inscrita en el Inpreabogado Nro. 102.447, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS RRC. C.A., contra la Certificación de Enfermedad Ocupacional N° 0535-12, de fecha 20-08-2012, proferida por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), notificada en fecha 08-01-2013, mediante oficio N° 1815-12, de fecha 08-01-2013. SEGUNDO: Se confirma el acto administrativo de efectos particulares emanados de la Dirección Estadal de Salud de.....