Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: REVOCA la decisión de 18 de enero del presente año, por el Juzgado Vigésimo Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto judicial Nº 7614-05, y mediante la cual decretó el sobreseimiento de la citada causa, seguida a los ciudadanos Conrado José Martín Facorro e Isaura Facorro de Martín, por la presunta comisión del delito de Usurpación sancionado en el artículo 473 del Código Penal vigente para el momento en que se realizó la denuncia que dio inicio al presente proceso, por considerar que el hecho objeto del proceso no se realizó, conforme lo preceptuado en el artículo 318.1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: REMITE las presentes actuaciones.....