En razón de lo antes expuesto, este juzgado Cuarto de Municipio, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA que por cumplimiento de contrato intentó JOSE ALBERTO FERNANDEZ contra MEYIRDE URBINA, en consecuencia, se condena a la parte demandada a cumplir el contrato de comodato suscrito en fecha 26 de mayo de 2005 y como consecuencia de ello, deberá entregar a la parte actora, el apartamento distinguido con el Nº 96, ubicado en la Planta 9, del Edificio Helena, situado en la Avenida Luís Roche, antes denominada Avenida Ávila, de la Urbanización Altamira, Municipio Chaco del Estado Miranda, por . Así se decide.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida