En virtud a las consideraciones anteriormente expresadas, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES intentó ADMINISTRADORA ROXUL C.A; contra CELESTINO JOSE BRITO GONZALEZ, por tanto, se condena a la parte demandada:
PRIMERO: A pagar a la parte actora, la suma veintiún mil un bolívares con setenta y cuatro céntimos (Bs. 21.001,74), por las cuotas de condominio de los meses de julio de 2.008 a mayo de 2.010.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de los intereses de mora, los cuales deberán ser calculados en base al 3% anual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.746 del Código Civil en armonía con la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 20 de enero de 2.003, con ponencia del Magistrado Iván Rinc.....