Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR CADUCIDAD la querella interpuesta por las abogadas Concepción Olimpia Fermín Muñoz, Luis Bermúdez y Elizabeth Arriojas, Inpreabogado Nros 30.109, 30.056 y 29.135, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana JOSEFA DOLORES GARCÍA BRACHO, titular de la cédula de identidad Nº 5.291.798, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).