F) Precisado lo anterior, visto como ha sido el desistimiento planteado en el presente procedimiento por la representación judicial de la parte demandada, este Juzgado Segundo Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de una revisión exhaustiva realizada a la sustitución de poder que riela a los folios 35 al 36 del expediente, se observa que la abogada KATHERINE VALERA, TIENE FACULTAD EXPRESA PARA DESISTIR DEL PRESENTE RECURSO DE APELACION, motivo por el cual quien decide HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO planteado por la referida abogada. ASI SE DECIDE.