En base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, niega la homologación de la transacción presentada en fecha 11 de junio de 2007, por la abogada Nury Urdaneta Zárraga, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 11.028, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, así como, por la abogada Mercedes Contreras, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 11.946, en su carácter de apoderada judicial de los co-demandados Carmen Cabrera de Bendayán, Amador Bendayán Cabrera y Carlos Bendayán Cabrera. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.