Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de divorcio incoada por la ciudadana Alice Estrella Chávez Dorante, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.440.462, contra el ciudadano Edgar Orlando Quintero Aponte, titular de la cédula de identidad Nº V-13.776.140, en consecuencia, se disuelve el vínculo conyugal contraído en fecha diecinueve (19) de julio de 2006, ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel del Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, cuya acta de matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 227, folio 182 frente.