Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ABG. JORGELIS G. CASTILLO C., Defensor Público Segundo (2°) con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Falcón, con Sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, en contra la decisión de fecha 10 de junio de 2015, por parte del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en la cual admitió en su totalidad la acusación presentada por la vindicta pública por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionad.....