Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 17 de noviembre de 1998, por el abogado Antonio Luis Castillo Valenzuela, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.536.732, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.345, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente HIERRO VALENCIA, C.A.
En consecuencia:
1) Se ANULA el acto administrativo contenida en la Resolución N° 343 de fecha 31 de marzo de 1998, dictado por la Gerencia General de Finanzas del Instituto Nacional de Cooperación Educativa Socialista (INCES), y por consiguiente, las cantidades que se detallan a continuación:
i) La cantidad de NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 973.155,00), por concepto de aporte del dos por ciento (2%), previsto en el numeral 1 del ar.....