DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JOSE ALBERTO ARENAS FARIAS, venezolano, mayor de edad de este domicilio titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.112.145, en contra de la empresa EDUARDO, C.A. Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas debidamente protocolizada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 29 de marzo de 1957, bajo el N° 48, Tomo 1-A. En consecuencia se ordena a la parte demandada a pagar: PRIMERO: la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 15.000,00) por concepto de Daño Moral; SEGUNDO: Se ordena la corrección monetaria sobre los montos condenados a pagar, por tratarse de una deuda de valor, a los fines de restablecer el valor perdido como consecuencia de la devaluación de la moneda y de la inflación, desde el decreto de ejecución hasta su materialización, el cual deberá ser calculada por un único experto el cual deberá utilizar como base el índice in.....