DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto anteriormente, ESTA SALA TRES DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho AMBAR DANAY RONDON CHIRINOS, contra la decisión dictada en fecha 27 de Mayo de 2010, por el Juez Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano RICARDO HECKER PUTERMAN, por la comisión de los delitos de ABUSO DE PODER y OFENSA A LA DIGNIDAD HUMANA DE PERSONA DETENIDA, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; todo ello de conformidad con lo establecido en el literal "a" del artículo 437 ejusdem.-