1.- PROCEDENTE la medida de secuestro solicitada, en consecuencia:
- Se acuerda oficiar al ciudadano Viceministro de Prevención y Seguridad Ciudadana del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, como órgano rector y coordinador de los cuerpos de seguridad, a los fines que informe a los distintos cuerpos de seguridad del país que procedan a detener el vehículo en cualquier parte del territorio de la República, notificando de manera inmediata a este Juzgado, del cumplimiento de la medida.
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- Se acuerda que una vez practicada la detención del vehículo, el mismo quedará a la orden y custodia del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (INAPYMI).