DISPOSITIVO
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el Abogado EDUARDO VALENZUELA, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES CACHIRÍ, C.A., en contra del acto de remate efectuado en fecha veintiocho (28) de mayo del año en cuso, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de ejecución de hipoteca seguido por el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., en contra de las sociedades mercantiles PROYECTO BOLÍVAR A.V.V., C.A., e INVERSIONES CACHIRÍ, C.A.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, se exime de co.....