DI S P O S I T I V A
ACORDAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la causa seguida a quien en vida respondiera al nombre de (SE OMITE IDENTIDAD), venezolano, titular de la cédula de identidad Nº (SE OMITE), nacido en Caracas, el 03/07/1988, hijo de María Gisela Blanco y Miguel Enrique Silva, contra quien se sigue juicio por el delito de Homicidio Intencional en grado de Complicidad Correspectiva, tipificado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 424 del Código Penal, en agravio de Miguel Argenis Hurtado Medina. ASI SE DECIDE. Notifíquese a las partes, conforme a lo dispuesto en el artículo 175, único aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Diarícese. Cúmplase. Dado en la Sala de Audiencias de este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de esta Sección y Circuito, en Caracas, a los veintiún días del mes de Septiembre de dos mil siete. Años: l97° de la Independencia y 148° de LA federación.
LA JUEZA
DRA.....