Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con la acción de amparo constitucional, interpuesto por el ciudadano MANUEL SOCORRO SANOJA, antes identificado, actuando en su carácter de Representante Legal de la Sociedad Mercantil COMERCIO PUBLICITARIO C.A. (CPCA), también identificada, debidamente asistido por los abogados PAULO CARRILLO FADUL, GUMERSINDO HERNÁNDEZ PÉREZ, WILFREDO ZAMBRANO PÉREZ y JAVIER ANTONIO GARNICA GUERRA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 41.810, 60.029, 80.052 y 81.914, respectivamente, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 3111 de fecha 21 de diciembre de 2.001, suscrita por la ciudadana María Lapi Gomez, en su condición de Directora (E) de Liquidación de R.....