Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto el 18 de mayo del 2011 por el abogado RAFAEL MARCANO, en su condición de parte actora contra el auto para mejor proveer dictado el 16 de mayo del 2011 por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de cobro de bolívares seguido por el abogado RAFAEL MARCANO contra la ciudadana DORIS MERCEDES JIMÉNEZ PELLEGRINI; en consecuencia, se REVOCA el auto dictado el 1 de junio del 2011 por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio de esta Circunscripción Judicial, que oyó en un solo efecto la apelación señalada.
Dado el carácter de esta decisión, no ha lugar a costas.
Publíquese, regístrese, déjese cop.....