Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra el acta de fecha 21 de febrero de 2013, dictada por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Thais Guerra Espinoza contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio del Poder Popular el Ambiente. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado que, el Juzgado in comento fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, no siendo necesaria la notificación de la parte actora, en virtud que la misma se encuentra a derecho. TERCERO: SE ANULA el acta in comento.