III
D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la parte oferente empresa "EMPRESA INVERSIONES INTER 2010 CA" y la parte oferida ciudadano CRISTIAN ARCINIEGAS, titular de la cédula de identidad CI V-26.331.257, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, dejando expresa constancia que solo quedan homologados los conceptos de carácter laboral, salvo del desistimiento de la acción. Se ordena, por resultar inoficiosas que se dejen sin efecto las notificaciones ordenadas en el auto de fecha 16 de octubre de 2014. ASÍ SE ESTABLECE.-
El Juez Titular
El Secretario
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo.
Abg. Oscar Castillo.
Se publica y se registra la presente decisió.....