Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por falta de cualidad o interés de la recurrente, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 06 de marzo de 1998, el ciudadano Nelson Villasmil Atencio, titular de las cédulas de identidad Nro. V-2.988.925, actuando en representación de la Sociedad Mercantil MERCANALISIS, S.R.L. En consecuencia:
i) Se CONFIRMA contra la Resolución No. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT-2008-0080, de fecha 16 de enero 2009, emanada por la Gerencia de Recursos de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), así como la Resolución (Imposición de Sanción) N° GRTI-RC-DF-1-1052-02427, de fecha 10 de septiembre de 1997,y en consecuencia se le determinaron las multas en las cantidades de Unidad Tributarias siguientes:
PERIODO DE IMPOSICIÓN UNIDADES TRIB.....