DECLARA: INADMISIBLE, el recurso de nulidad interpuesto por los abogados en libre ejercicio ENRIQUE AGUILERA y JESUS VILORIA, inscritos en el IPSA bajo la matricula N° 23.506 y 93.825, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad de mercantil CORPORACIÓN 1CW C.A, sociedad mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 12 de mayo de 2004, bajo el N° 60 Tomo 34-A-CTO., ejerció acción de nulidad en contra de la providencia administrativa contenida en la decisión N° 643-11 de fecha siete (07) de septiembre de 2011, tramitada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, por motivo de la Solicitud de Calificación de Despido Reenganche y Pago de Salarios Caídos, intentó el ciudadano GUSTAVO ESPINOZA, en contra de la entidad de trabajo CORPORACIÓN 1CW C.A.
No hay condenatoria en costas.
De conformidad con la norma del artículo 248 del Código de .....