Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró CON LUGAR la demanda el derecho a cobrar honorarios profesionales en el juicio que por ESTIMACIÒN E INTIMACIÒN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoado por TATIANA MELISSA LAGUADO GONZALEZ y RAMON JOSE ROJAS CARRASQUE contra la empresa CONSULTEL C.A., todos plenamente identificados en el texto del presente fallo. SEGUNDO: PRESCRITA LA ACCIÓN por ESTIMACIÒN E INTIMACIÒN DE HONORARIOS PROFESIONALES incoada por TATIANA.....