V
PARTE DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de DESALOJO intentada por el ciudadano MICHELE DAMIANI DE PASQUALE contra la Sociedad Mercantil TIENDAS MONTANA, C.A., ya identificados. En consecuencia, se declara extinguido el contrato de arrendamiento suscrito por las partes por ante la Notaría Pública Décima Séptima del Municipio Libertador del Distrito Capital, anotado bajo el N° 59, Tomo 05, de los libros llevados por esa Notaria, cuyo objeto es el inmueble identificado como: Local comercial signado con la letra "H", situado en la Planta Baja del Centro Comercial San Antonio, Avenida Los Salías de la población de San Antonio de los Altos, Municipio Los Salías del Estado Miranda. Se condena a la parte demandada a:
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