Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Conversión en Divorcio, intentada por los ciudadanos VICENTE MIGUEL BUSCEMI ISSEA y YASMIN CRISTINA RUZA ARRIETA, ampliamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veintisiete (27) de noviembre de dos mil tres (2003), ante la Primera Autoridad Civil de la Prefectura del Municipio Chacao del Estado Miranda, acta inserta en el tenor N° 641, folio N° 239, tomo II, del libro de Matrimonios expedida por la misma autoridad en la fecha señalada. Y ASI SE DECIDE.