DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley se declara: PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por el abogado CARLOS PRATO D´ARMAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 111.508, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HÉCTOR MANUEL RANGEL, titular de la cédula de identidad Nº 1.884.824, contra el acto administrativo contenido en el oficio Nº SAINGO/DG/197-A de fecha 30 de octubre de 2009 emanado del SERVICIO AUTÓNOMO DE IMPRENTA NACIONAL Y GACETA OFICIAL.
En consecuencia, a los fines de una tutela cautelar efectiva se ORDENA a todas las autoridades del SERVICIO AUTÓNOMO DE IMPRENTA NACIONAL Y GACETA OFICIAL, continué cancelándole el salario mensual correspondiente de manera provisional al ciudadano HÉCTOR MANUEL RANGEL, titular de la cédula de iden.....