En consecuencia, Decreta la Separación de Cuerpos de los ciudadanos Erika Jhoseline Medina de Rodríguez y Alexander Adonay Rodriguez Osorio, titulares de las cédulas de identidad números V- 18.221.550 y V- 16.285.322, respectivamente, respetando los términos y condiciones por ellos establecidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-