V
PARTE DISPOSITIVA
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO intentada por BANCO DE VENEZUELA S.A. Banco Universal contra YOFRE ALEXANDER RANGEL RIVAS, ambas partes identificadas. Se declara RESUELTO EL CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO de fecha 19 de octubre de 2006, suscrito entre la Sociedad Mercantil SAKURA MOTORS, C.A., y el ciudadano YOFRE ALEXANDER RANGEL RIVAS, y CEDIDO AL BANCO DE VENEZUELA S.A. BANCO UNIVERSAL, archivado en fecha 02 de febrero de 2007 en la Notaría Pública Décima Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el N° 5664/07 y signado con el N° 01020150 520000000388, cuyo objeto era un vehículo identificado como: MARCA: MAZDA; MODELO: SERIE B BM4.....